lunes, 5 de diciembre de 2011

LAS PRUEBAS SABER, ¿UNAS PRUEBAS MAL PLANTEADAS?

Más de treinta años de intenciones e intentos de aplicar exámenes de estado a la educación superior en Colombia precedieron a los ECAES, realizados por primera vez en el año 2003. Dos decretos del 2001 (el 2233 y el 1716) permitieron aplicar pruebas a estudiantes de Ingeniería Mecánica y Medicina, y otro del 2002 (el 1373) a estudiantes de Derecho. Pero fue el decreto 1781 del 2003 el que los reglamentó para todos los estudiantes próximos a graduarse en programas de pregrado de instituciones públicas como privadas. Y designó como ECAES (Exámenes de Calidad de la Educación Superior) las pruebas hasta entonces y por corto tiempo denominadas ECES y ahora bautizadas como Pruebas Saber Pro.

Declarado inexequible el decreto 1781 por la Corte Suprema de Justicia, se aprobó en el 2009 la ley 1324, que fijó parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación y que transformó de paso el Instituto Colombiano para la Evaluación –antes para el Fomento- de la Educación Superior (ICFES), entidad que acorde con las políticas del Ministerio de Educación aplica los exámenes.

Las pruebas se presentan como el instrumento para evaluar el nivel de competencia de los estudiantes que egresan del pregrado de la educación superior en todas sus modalidades: técnica, tecnológica y universitaria, y son requisito para obtener el título profesional.

La historia hasta este punto muestra un juicioso devenir en la supervisión de la educación por el Estado. Lo que no satisface es el contenido de las pruebas, del que por casualidad uno se entera. ¿Cuántas entonces serán las cosas buenas que la ley propone y que el desarrollo de las mismas desvirtúa?

El pasado mes de noviembre presentaron en el país los estudiantes de medicina la prueba Saber Pro. Al indagar por el resultado a los médicos internos que se entrenan en el hospital en que laboro, manifestaron decepción. “No era una prueba de medicina”, planteó como conclusión un estudiante. No había en las preguntas nada clínico que realmente midiera su competencia para ejercer su profesión, todo se basó en salud pública y administración. Algo que todo médico práctico sabe que para atender un paciente no sirve realmente para nada, una costura dirían los estudiantes. Una costura que sólo se vuelve relevante para quienes administran la salud: funcionarios que inflan tanto su saber como devalúan el valor del conocimiento clínico, acaso por haber suspendido su relación con el paciente, como consecuencia del trabajo burocrático. La medicina no es la misma en el quirófano o en el consultorio, que percibida desde el escritorio.

No alcanzo a comprender la objetividad ni los fines de la pruebas de estado. No cuando se pierde la coherencia entre la realidad y lo conceptualmente planteado. Porque no es éste el único caso en que las evaluaciones del conocimiento médico resultan tan absurdas. Doy fe de que en procesos de habilitación y acreditación de los hospitales ha prevalecido similar criterio.

Para el médico inmerso en la práctica clínica el ejerció acertado de su profesión no está determinado por normas que fijen las políticas de salud, sino por la lex artis que determina los criterios de la buena práctica. Tan elemental es la noción, hasta para las mentes menos iluminadas, que resulta incomprensible que no lo entiendan las mentes lúcidas de los evaluadores. Esa lex artis debe ser el fundamento de las valoraciones.

A la hora de un paro cardíaco es absolutamente irrelevante el conocimiento que pueda tener un médico de la ley 100 cuando lo que demandan las circunstancias es la preparación en el manejo de una entidad que causará la muerte si no se actúa con prontitud y acierto.

Y me he referido a la preparación y no al conocimiento, porque otro de los defectos de que adolecen los exámenes, y por el que su idoneidad es cuestionable, es el de considerar que conocimiento y pericia son lo mismo. Como si quien se aprendió de memoria el texto que enseña una técnica quirúrgica sólo por ello pudiera realizarla correcta y exitosamente.

Qué sea el Fosyga, qué subcuentas tenga, qué ley dicte las normas sobre el Sistema General de Riesgos Profesionales, qué sea el MAPIPOS, qué resolución contenga el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud, qué acuerdo fije el valor de la Unidad de Pago por Capitación, como multitud de leyes, decretos y acuerdos de este orden, son superfluas para quien ejerce la Medicina y no la Administración en Salud.

Riesgoso resulta para los pacientes que las pruebas de estado estén estimulando en los profesionales la adquisición de conocimientos inútiles para su atención en detrimento de los realmente necesarios para el diagnóstico y tratamiento acertados.

Si para desenvolverme como médico debo saber -no digo necesariamente conocer- esas tediosas normas, me niego a ejercer. ¡Sí. Dejo el ejercicio de la Medicina!, porque lo mío es la lex artix de mi especialidad y la ética y la humanidad con mis pacientes.

Más allá de las críticas que se puedan hacer al contenido de las pruebas, mi preocupación reside en las consecuencias que de ella se derivan.

El resultado de las pruebas Saber Pro sirve de referencia para estimar la calidad de las instituciones. Como en el examen del ICFES que se practica a los bachilleres, en que los colegios a toda costa buscan exitosos resultados, aún con artilugios como enviar a las pruebas Saber tan sólo a sus mejores estudiantes, las facultades perfectamente harán énfasis en los temas de las pruebas para obtener una buena ubicación en el ranking, sin importar que se desatiendan los contenidos realmente importantes de la carrera.

Más grave aún: Con un examen que no mide en realidad la calidad de los nuevos profesionales, ¿qué medidas correctivas pueden tomar las autoridades para asegurar la calidad de los egresados? Delicado asunto en todas las profesiones, pero funesto en la medicina, responsable de la salud y la vida de los colombianos.

Lo menos que se espera es que las pruebas de estado sean relevantes y pertinentes, valoren de manera integral, como reza la norma, los contenidos académicos y la formación humanística del estudiante, y realmente sirvan para fomentar el mejoramiento continuo de la calidad.


Luis María Murillo Sarmiento MD