domingo, 7 de febrero de 2010

LAS LECCIONES QUE DEJA EL REFERENDO*

Muchas lecciones deja la ponencia del magistrado Humberto Sierra Porto sobre el referendo que busca la reelección del presidente Uribe. Los vicios que el magistrado advierte**, no hacen más que recoger los argumentos de sus enconados enemigos, y los temores, también, de quienes desde la postura reeleccionista advirtieron errores inauditos.
En este juego de intereses, politizado y ardiente, el decoro es el primer damnificado. En la polarización del debate ningún argumento se acepta al oponente. Los ánimos se alinean para someter por la fuerza, no por la razón, al adversario. La caballerosidad y el honor no suelen ser las virtudes de quienes rivalizan. El fin justifica los medios, en términos subversivos: todas las formas de lucha son válidas para derrotar al contrario.
Como defensor de buena parte de la obra de gobierno del presidente Uribe, intuí una segunda reelección sin contratiempos, asegurada por una popularidad sin atenuantes. El paso por el Congreso manipuló y manchó la iniciativa. La llenó de los vicios que hoy advierte una justicia, más habituada a emitir conceptos políticos que fallos en derecho.
Los referendos y las iniciativas populares en Colombia son pura pantomima. Están al arbitrio de quienes desde alguna instancia del poder lo manipulen. ¡No es definitivamente el pueblo soberano! Y habrán de darme la razón, seguramente, quienes hoy festejan, del referendo de la reelección, una ponencia adversa. Porque esa es sencillamente la suerte que pueden esperar todas las iniciativas populares. Sólo se precisan tinterillos que descubran los yerros en la forma.
Que de pronto nada esté perdido porque el fallo de la Corte Constitucional aún no se conoce, es lo de menos. Me preocupa, y debería a todos preocuparnos, la forma amañada en que los colombianos procedemos. Habrá quien analice en detalle todas las objeciones del magistrado Sierra, a simple vista algunas parecen valederas. Pero hay dos protuberantes, que por inadmisibles debo refutarlas. Recibidas como los vicios más sobresalientes, son a mi juicio las más desestimables.
Si los topes financieros para la recolección de las firmas se excedieron, nada tuvo que ver con los firmantes. Otra cosa hubiera sido si la financiación hubiera tenido por objeto la compra de las firmas. Resulta artero invocar contra el referendo este argumento. Para ilustrar con un ejemplo: si quien trasporta las firmas sobrepasa la velocidad que el tránsito permite, o utiliza para trasportarlas un vehículo robado, o mata con su camioneta a un transeúnte, ¿dejan las firmas de ser válidas y se debe desconocer la voluntad del pueblo? La respuesta es tan evidente que es perogrullada consignarla. Por lo demás qué responda el conductor por su contravención o su delito.
Sostener que las firmas no apoyaban la reelección inmediata del presidente Uribe***, es un argumento cínico, propio de quienes proceden sin decoro: acaso de quienes juzgan candorosamente. Pidan mi declaración, y la de todos los firmantes, bajo la gravedad del juramento, para que de la fuente original se conozca la verdadera propuesta que apoyamos. Un error de redacción no puede desvirtuar un proyecto que fue de pleno conocimiento público. ¿Pesarán más que la realidad las triquiñuelas? ¿No fue acaso el conocimiento pleno de que se pretendía una reelección inmediata la que exacerbó los ánimos de la oposición?
En pos de la victoria o frente a la derrota se debe actuar con rectitud y transparencia. Los sofismas apenas sirven a juicios amañados.

* Con miras a reelegir por segunda vez al presidente Uribe y haciendo uso de los mecanismos de participación democrática consagrados en la Constitución colombiana, se inició un proceso de convocación de un referendo. Tras cumplir con la recolección de las firmas de los ciudadanos que lo respaldaban, inició el trámite exigido en el Congreso y en septiembre del 2009 fue sancionada la ley que dio vía libre al referendo. En espera del concepto de la Corte Constitucional sobre la ley, se acaba de conocer la ponencia negativa del magistrado Humberto Sierra Porto que deberá ser debatida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
** Señala entre sus muchas objeciones la violación de los topes fijados para la financiación, la contabilidad del voto de 5 representantes que fueron sancionados por su anterior partido con el retiro del derecho al voto, la corrección de la pregunta del referendo en el Congreso, la radicación del proyecto sin contar con la certificación del Registrador y el inicio de las sesiones extras de la Cámara antes de que se publicara en el Diario Oficial el decreto que las convocaba.
*** Inadvertidamente la pregunta consignada en la iniciativa popular rezaba: “Quien haya ejercido la Presidencia de la República por dos periodos constitucionales, podrá ser elegido para otro periodo”, Tarde se dieron cuenta del error: el segundo período del presidente aún no terminaba. Entonces en el tercer debate en la Comisión Primera del Senado se hizo la corrección correspondiente: 'Quien haya sido elegido a la Presidencia de la República por dos períodos constitucionales podrá ser elegido…”.



Luis María Murillo Sarmiento M.D.

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