sábado, 14 de noviembre de 2015

LA ADOPCIÓN DE NIÑOS POR HOMOSEXUALES, UN EXPERIMENTO SOCIAL - Entre la sabiduría y la fuerza del poder



Las parejas homosexuales podrán tener hijos. No es un milagro de la naturaleza, tampoco una proeza de la ciencia en la que dos óvulos o dos espermatozoides originen una nueva vida. Es apenas el fallo de una corte con pies de barro1.
El problema no es que los niños se vuelvan homosexuales, aunque un ambiente propicio pueda favorecer, en quien tiene la predisposición, el desarrollo de esta condición; ni que Dios vaya a condenar a los gais y a sus defensores -si acaso una sonrisa ha de despertar en el Todopoderoso la torpeza humana-, sino que una criatura que por naturaleza tiene derecho a papá y mamá  deba someterse, sin haberlo consentido, a un entorno familiar extraño para satisfacer el capricho de unos adultos que anteponen su interés al bienestar de los infantes. . 
¿Será que quienes hoy celebran el fallo de la Corte hubiesen querido por padres a dos mujeres o a dos hombres? ¿Qué sustento moral tiene que obliguemos a otros a consentir lo que para nosotros mismos no admitimos? Viciado proceder que hizo carrera con la despenalización del aborto, en el que se cercena la vida desde el vientre por el querer de quienes no vieron su vida intrauterina amenazada. ¡Qué extravío! ¡Qué obstinación! Ese es el ser humano: egoísta y sórdido, indolente, indiferente. En quien el bien es un capricho utilitario; y por el interés egoísta de una minoría un niño bien puede ser sacrificado.
Realmente la adopción por homosexuales implica un asunto de profundo discernimiento ético que los peticionarios con apreciación sesgada por el interés particular no pueden resolver, pero sí, y en forma impecable, deberían hacerlo los magistrados de una corte, en quienes deben concurrir la imparcialidad y los atributos morales e intelectuales que demandan sus transcendentales decisiones. Han sido, sin embargo, los miembros de esta corte –salvo dos salvamentos de voto- demasiado corrientes, con pensamiento de poca hondura y a la moda –que siente que debe colmar a la minoría con privilegios- que hasta ha tenido que recurrir a los sofismas
La adopción no puede tener otra finalidad que la protección del niño. Luego priman los derechos del niño sobre los gustos de una minoría. Para acomodar su fallo a tan indiscutible axioma, la Corte deduce que impedir que un menor tenga una familia fundándose en la orientación sexual de una persona restringe de forma inaceptable los derechos del niño. El argumento a la luz de la lógica es sofisma, a la de la moral es un engaño. ¿Subestiman los magistrados de la Corte la inteligencia de quienes los juzgamos? Porque por poderosos que sean y a la altura de la divinidad de crean han de saber que son objeto del juicio moral, más íntegro, escrupuloso y exigente. Igual podrían argumentar que tomar en cuenta la capacidad mental o la calidad moral del adoptante restringe el derecho del expósito, y admitirían la adopción por retrasados mentales y bribones.
Desde luego que toda limitación reduce el potencial de adoptantes, pero si de la salvaguarda del menor se trata tienen que existir impedimentos. De hecho sobran hogares heterosexuales para recibir a las criaturas. No son los gais el único recurso. Y hay que tener presente que el proceso parte de una demanda para que los homosexuales puedan adoptar, nunca de que se esté violando a los niños el derecho de adopción. Luego intencionalmente confundieron las premisas para llegar a una conclusión improcedente. No es por el derecho de los niños a un hogar que parejas homosexuales deben adoptar.
Tampoco se trata de considerar perverso el cuidado de un niño por un homosexual, de sobra la historia nos muestra, de ellos, una multitud virtuosa. Pero la adopción implica más que cuidado: es la crianza en un entorno de franca intimidad homosexual. Entonces, no tergiversemos la esencia de la naturaleza pretendiendo que dos individuos del mismo sexo representen a papá y mamá.
Defender los derechos de los niños no es atentar contra los de los homosexuales. Y en este caso, por involucrar terceros –los menores- es válida la intervención de la sociedad. En otras circunstancias probablemente no proceda la injerencia. Tienen ellos todo el derecho a la vida privada, a ser felices a puerta cerrada, sin hacer público lo íntimo, sin escandalizar ni desafiar; tal como debe ser el comportamiento de todo ser humano, independientemente de su inclinación sexual.
La adopción como experimento
Cuando miles de millones de seres humanos en toda la historia de la especie han tenido padre y madre resulta extraño que tratemos de imponer la idea, en su reemplazo, de dos padres o dos madres. Y llevarlo a la práctica, independientemente de los adjetivos con que se califique el hecho, es un experimento. Lejos estamos de poder demostrar con honestidad que la orientación sexual de los padres no incide negativamente en el desarrollo de los hijos, como se ha afirmado. Con unas cuantas observaciones del ínfimo porcentaje de niños expuestos a este ambiente, frente a los miles de millones que constituyen la humanidad actual, no se puede lograr una conclusión si atenuantes; más cuando son los parcializados partidarios de la adopción por homosexuales los que presentan los halagadores resultados. Ha de saberse que sus contradictores también sustentan con estudios -con resultados adversos- su oposición a la adopción. Luego no existe por el momento un estudio suficientemente amplio y riguroso que nos conduzca a inobjetables conclusiones. Por el momento no hay más que manipulación de la verdad. En consecuencia, el fallo ha dado vía libre, irresponsablemente, sin las debidas consideraciones bioéticas, a un experimento. Y no son los jueces, sino los bioeticistas y los comités de bioética los que autorizan las investigaciones.
Estoy convencido de que verdaderos expertos en el tema no fueron consultados. Tampoco los niños, porque ¿qué puede importar al adulto omnisciente el concepto de un menor? Menos importante, aun, tomar su parecer cuando se pretende disponer de él como un objeto.
Hubiera sido bueno saber que piensan los niños de la adopción por gais, porque su parecer puede ser, por la similitud con la población que se verá afectada, predictivo de la reacción de los niños que adopten los homosexuales. Como de la reacción de la población infantil ante niños de hogares tan disímiles. Pensemos que por más adopciones de este tipo que se lleven a cabo los hijos de parejas gais siempre representarán lo irregular –una pequeñísima minoría atípica- frente a los hogares estándares. ¿Será que acallaremos a los niños para que su ingenio candoroso y franco no incomode con sus comentarios? ¿Les impondremos leyes contra la discriminación como las mordazas con que hoy se coarta la libertad de expresión de los adultos?
Ha dado la corte el banderazo para un experimento social sin garantías. Sin seguridad para los sujetos objeto de investigación y obviando todo consentimiento. Sin considerar si el ensayo es realmente necesario y benéfico para la sociedad, sin la certeza de que no causará perjuicio mental o emocional, sin tomar precauciones ante un posible daño, sin tomar en cuenta la libertad del afectado para abandonar la prueba, sin advertir las restricciones que imperan en la investigación con seres vulnerables. En fin, violando todos los postulados éticos.
Se aprovecha la falta de acudientes para disponer de los niños a su arbitrio. ¿Darían los padres biológicos autorización para este tipo de adopciones? Dar un hijo en adopción no siempre entraña desinterés, por el contrario, muchas veces constituye un sacrificio en espera, para el vástago, de un mejor futuro. ¿Pero será el que les augura la Corte un mejor futuro?
Un Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) indiferente
¿Quién es en este caso el defensor y representante de los niños? No lo es el ICBF, que se ha manifestado con competencia, pero sin conocimiento; y que sin investigar y reflexionar seriamente el tema emite opiniones ligeras. Argumentar la discriminación sexual de los posibles padres, por ejemplo, es exabrupto. Es la naturaleza, sencillamente, la que los discrimina: ni con Corte de por medio, los homosexuales concebirán hijos. Que intenten engendrar dos mujeres o dos hombres a ver si lo consiguen.

¿Si la adopción tradicional es muchas veces percibida como estigma, cómo se sentirán los adoptados por homosexuales? ¿Les impondrán a niños mayores, con capacidad de razonar, padres homosexuales en contra de su voluntad, con el fingido pretexto de su protección?

He revisado un documento de 44 páginas2 en el que el ICBF da concepto “científico” sobre estas adopciones. Muestra, realmente, un sesgo hacia ellas, reuniendo exclusivamente conceptos y publicaciones favorables a la adopción por parejas del mismo sexo, y omitiendo la literatura con conclusiones opuestas. El manejo poco riguroso y parcializado de la información resta crédito a una conclusión científica.
Es tan notorio el interés en demostrar la bondad de tales adopciones que se excede en resaltar cualidades de los homosexuales y en señalar flaquezas de los heterosexuales, llevando al lector a concluir que el hogar tradicional es un peligro. Sorprendentemente descubre que solo el  2.7% de los indiciados por delitos sexuales son homosexuales mientras la mayoría de los agresores son heterosexuales. El incauto descubrirá más integridad en los primeros. Treta estadística, sencillamente. Ese es el porcentaje esperado de gais violadores en una población –la homosexual- tan reducida. De que de parejas heterosexuales nazcan los homosexuales ni Simón el Bobito se hubiera sorprendido. ¿De qué otra forma se puede obtener un óvulo y un espermatozoide?
La alusión que el documento hace a centenares de artículos no basta. En todo trabajo serio las referencias, para el debido análisis, son obligatorias. Sin dominar el tema del nivel de evidencia y grado de recomendación, el concepto del ICBF apenas se detiene en una entrevista con el psicólogo David Brondzinsky, autoridad en adopciones. Lastimosamente las opiniones de expertos solo ocupan el último lugar en la escala de evidencia. Positivo sí es que recomiende que los niños sean escuchados. ¿Serán oídos?
Epílogo
Resulta inevitable preguntarse hasta dónde el criterio de unos pocos con poder puede decidir asuntos fundamentales, sobre todo cuando va en contra del parecer mayoritario; más en estos tiempos marcados por el sesgo que solo busca empoderar a la minoría por su sola inferioridad numérica. Parece civilizado y sabio el acuerdo tácito social que pone en manos de instituciones pulcras el arbitraje de las diferencias. ¿Pero podrán tener carácter de veredicto final las decisiones que se toman sin esmero moral ni lucidez intelectual, por desidia, por ineptitud, o porque sencillamente no se busca el bien superlativo? 
Es triste ver que la ensalzada democracia, fundada en el poder del pueblo, termina a veces en instituciones dictatoriales que sojuzgan a los ciudadanos de donde emana su poder. Es entonces cuando uno piensa que es imperativo que el constituyente primario las refunde.

LUIS MARÍA MURILLO SARMIENTO MD.
1. El 4 de noviembre del 2015 se conoció la decisión de la Corte Constitucional de Colombia de permitir la adopción de niños por parejas del mismo sexo.
2. “Concepto de carácter científico relacionado con los efectos que para el desarrollo integral de una niña, un niño o un adolescente podría tener el hecho de ser adoptado por una pareja del mismo sexo” (http://www.icbf.gov.co/portal/page/portal/IntranetICBF/organigrama/oficinas/asesora_juridica/Control%20Constitucional/Docs.%20intervenci%C3%B3n%20ante%20la%20corte/Rad.%20No.%20S-2014-230523-0101%20octubre%2024%20de%202014.pdf)

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