Las parejas homosexuales podrán tener hijos. No es un
milagro de la naturaleza, tampoco una proeza de la ciencia en la que dos óvulos
o dos espermatozoides originen una nueva vida. Es apenas el fallo de una corte
con pies de barro1.
El problema no es que los niños se vuelvan homosexuales,
aunque un ambiente propicio pueda favorecer, en quien tiene la predisposición, el
desarrollo de esta condición; ni que Dios vaya a condenar a los gais y a sus
defensores -si acaso una sonrisa ha de despertar en el Todopoderoso la torpeza humana-,
sino que una criatura que por naturaleza tiene derecho a papá y mamá deba someterse, sin haberlo consentido, a un
entorno familiar extraño para satisfacer el capricho de unos adultos que
anteponen su interés al bienestar de los infantes. .
¿Será que quienes hoy celebran el fallo de la Corte
hubiesen querido por padres a dos mujeres o a dos hombres? ¿Qué sustento moral
tiene que obliguemos a otros a consentir lo que para nosotros mismos no admitimos?
Viciado proceder que hizo carrera con la despenalización del aborto, en el que se
cercena la vida desde el vientre por el querer de quienes no vieron su vida intrauterina
amenazada. ¡Qué extravío! ¡Qué obstinación! Ese es el ser humano: egoísta y sórdido,
indolente, indiferente. En quien el bien es un capricho utilitario; y por el
interés egoísta de una minoría un niño bien puede ser sacrificado.
Realmente la adopción por homosexuales implica un asunto de
profundo discernimiento ético que los peticionarios con apreciación sesgada por
el interés particular no pueden resolver, pero sí, y en forma impecable, deberían
hacerlo los magistrados de una corte, en quienes deben concurrir la
imparcialidad y los atributos morales e intelectuales que demandan sus transcendentales
decisiones. Han sido, sin embargo, los miembros de esta corte –salvo dos
salvamentos de voto- demasiado corrientes, con pensamiento de poca hondura y a
la moda –que siente que debe colmar a la minoría con privilegios- que hasta ha
tenido que recurrir a los sofismas
La adopción no puede tener otra finalidad que la protección
del niño. Luego priman los derechos del niño sobre los gustos de una minoría.
Para acomodar su fallo a tan indiscutible axioma, la Corte deduce que impedir que un menor
tenga una familia fundándose en la orientación sexual de una persona restringe
de forma inaceptable los derechos del niño. El argumento a la luz de la lógica
es sofisma, a la de la moral es un engaño. ¿Subestiman los magistrados de la
Corte la inteligencia de quienes los juzgamos? Porque por poderosos que sean y
a la altura de la divinidad de crean han de saber que son objeto del juicio
moral, más íntegro, escrupuloso y exigente. Igual podrían argumentar que tomar
en cuenta la capacidad mental o la calidad moral del adoptante restringe el
derecho del expósito, y admitirían la adopción por retrasados mentales y
bribones.
Desde luego que toda limitación reduce el potencial de
adoptantes, pero si de la salvaguarda del menor se trata tienen que existir
impedimentos. De hecho sobran hogares heterosexuales para recibir a las
criaturas. No son los gais el único recurso. Y hay que tener presente que el
proceso parte de una demanda para que los homosexuales puedan adoptar, nunca de
que se esté violando a los niños el derecho de adopción. Luego intencionalmente
confundieron las premisas para llegar a una conclusión improcedente. No es por
el derecho de los niños a un hogar que parejas homosexuales deben adoptar.
Tampoco se trata de considerar perverso el cuidado de un
niño por un homosexual, de sobra la historia nos muestra, de ellos, una
multitud virtuosa. Pero la adopción implica más que cuidado: es la crianza en
un entorno de franca intimidad homosexual. Entonces, no tergiversemos la
esencia de la naturaleza pretendiendo que dos individuos del mismo sexo
representen a papá y mamá.
Defender los derechos de los niños no es atentar contra los
de los homosexuales. Y en este caso, por involucrar terceros –los menores- es
válida la intervención de la sociedad. En otras circunstancias probablemente no
proceda la injerencia. Tienen ellos todo el derecho a la vida privada, a ser
felices a puerta cerrada, sin hacer público lo íntimo, sin escandalizar ni
desafiar; tal como debe ser el comportamiento de todo ser humano,
independientemente de su inclinación sexual.
La adopción como experimento
Cuando miles de millones de seres humanos en toda la
historia de la especie han tenido padre y madre resulta extraño que tratemos de
imponer la idea, en su reemplazo, de dos padres o dos madres. Y llevarlo a la
práctica, independientemente de los adjetivos con que se califique el hecho, es
un experimento. Lejos estamos de poder demostrar con honestidad que la
orientación sexual de los padres no incide negativamente en el desarrollo de los
hijos, como se ha afirmado. Con unas cuantas observaciones del ínfimo porcentaje
de niños expuestos a este ambiente, frente a los miles de millones que
constituyen la humanidad actual, no se puede lograr una conclusión si
atenuantes; más cuando son los parcializados partidarios de la adopción por
homosexuales los que presentan los halagadores resultados. Ha de saberse que
sus contradictores también sustentan con estudios -con resultados adversos- su
oposición a la adopción. Luego no existe por el momento un estudio
suficientemente amplio y riguroso que nos conduzca a inobjetables conclusiones.
Por el momento no hay más que manipulación de la verdad. En consecuencia, el
fallo ha dado vía libre, irresponsablemente, sin las debidas consideraciones
bioéticas, a un experimento. Y no son los jueces, sino los bioeticistas y los
comités de bioética los que autorizan las investigaciones.
Estoy convencido de que verdaderos expertos en el tema no
fueron consultados. Tampoco los niños, porque ¿qué puede importar al adulto
omnisciente el concepto de un menor? Menos importante, aun, tomar su parecer cuando
se pretende disponer de él como un objeto.
Hubiera sido bueno saber que piensan los niños de la adopción
por gais, porque su parecer puede ser, por la similitud con la población que se
verá afectada, predictivo de la reacción de los niños que adopten los
homosexuales. Como de la reacción de la población infantil ante niños de
hogares tan disímiles. Pensemos que por más adopciones de este tipo que se
lleven a cabo los hijos de parejas gais siempre representarán lo irregular –una
pequeñísima minoría atípica- frente a los hogares estándares. ¿Será que
acallaremos a los niños para que su ingenio candoroso y franco no incomode con
sus comentarios? ¿Les impondremos leyes contra la discriminación como las mordazas
con que hoy se coarta la libertad de expresión de los adultos?
Ha dado la corte el banderazo para un experimento social
sin garantías. Sin seguridad para los sujetos objeto de investigación y
obviando todo consentimiento. Sin considerar si el ensayo es realmente necesario
y benéfico para la sociedad, sin la certeza de que no causará perjuicio mental
o emocional, sin tomar precauciones ante un posible daño, sin tomar en cuenta la
libertad del afectado para abandonar la prueba, sin advertir las restricciones
que imperan en la investigación con seres vulnerables. En fin, violando todos
los postulados éticos.
Se aprovecha la falta de acudientes para disponer de los
niños a su arbitrio. ¿Darían los padres biológicos autorización para este tipo
de adopciones? Dar un hijo en adopción no siempre entraña desinterés, por el
contrario, muchas veces constituye un sacrificio en espera, para el vástago, de
un mejor futuro. ¿Pero será el que les augura la Corte un mejor futuro?
Un Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
indiferente
¿Quién es en este
caso el defensor y representante de los niños? No lo es el ICBF, que se ha
manifestado con competencia, pero sin conocimiento; y que sin investigar y reflexionar
seriamente el tema emite opiniones ligeras. Argumentar la discriminación sexual
de los posibles padres, por ejemplo, es exabrupto. Es la naturaleza, sencillamente,
la que los discrimina: ni con Corte de por medio, los homosexuales concebirán
hijos. Que intenten engendrar dos mujeres o dos hombres a ver si lo consiguen.
¿Si la adopción
tradicional es muchas veces percibida como estigma, cómo se sentirán los
adoptados por homosexuales? ¿Les impondrán a niños mayores, con capacidad de
razonar, padres homosexuales en contra de su voluntad, con el fingido pretexto
de su protección?
He revisado un documento de 44 páginas2 en el
que el ICBF da concepto “científico” sobre estas adopciones. Muestra, realmente,
un sesgo hacia ellas, reuniendo exclusivamente conceptos y publicaciones favorables
a la adopción por parejas del mismo sexo, y omitiendo la literatura con
conclusiones opuestas. El manejo poco riguroso y parcializado de la información
resta crédito a una conclusión científica.
Es tan notorio el interés en demostrar la bondad de tales
adopciones que se excede en resaltar cualidades de los homosexuales y en
señalar flaquezas de los heterosexuales, llevando al lector a concluir que el
hogar tradicional es un peligro. Sorprendentemente
descubre que solo el 2.7% de los
indiciados por delitos sexuales son homosexuales mientras la mayoría de los
agresores son heterosexuales. El incauto descubrirá más integridad en los
primeros. Treta estadística, sencillamente. Ese es el porcentaje esperado de
gais violadores en una población –la homosexual- tan reducida. De que de
parejas heterosexuales nazcan los homosexuales ni Simón el Bobito se hubiera
sorprendido. ¿De qué otra forma se puede obtener un óvulo y un espermatozoide?
La alusión que el documento hace a centenares de artículos
no basta. En todo trabajo serio las referencias, para el debido análisis, son
obligatorias. Sin dominar el tema del nivel de evidencia y grado de
recomendación, el concepto del ICBF apenas se detiene en una entrevista con el
psicólogo David Brondzinsky, autoridad en adopciones. Lastimosamente las
opiniones de expertos solo ocupan el último lugar en la escala de evidencia. Positivo
sí es que recomiende que los niños sean escuchados. ¿Serán oídos?
Epílogo
Resulta inevitable preguntarse hasta dónde el criterio de
unos pocos con poder puede decidir asuntos fundamentales, sobre todo cuando va en
contra del parecer mayoritario; más en estos tiempos marcados por el sesgo que
solo busca empoderar a la minoría por su sola inferioridad numérica. Parece
civilizado y sabio el acuerdo tácito social que pone en manos de instituciones
pulcras el arbitraje de las diferencias. ¿Pero podrán tener carácter de
veredicto final las decisiones que se toman sin esmero moral ni lucidez intelectual,
por desidia, por ineptitud, o porque sencillamente no se busca el bien
superlativo?
Es triste ver que la ensalzada democracia, fundada en el
poder del pueblo, termina a veces en instituciones dictatoriales que sojuzgan a
los ciudadanos de donde emana su poder. Es entonces cuando uno piensa que es
imperativo que el constituyente primario las refunde.
LUIS MARÍA MURILLO
SARMIENTO MD.
1. El 4 de noviembre del 2015 se conoció la decisión de la Corte
Constitucional de Colombia de permitir la adopción de niños por parejas del
mismo sexo.
2. “Concepto de carácter científico relacionado con los
efectos que para el desarrollo integral de una niña, un niño o un adolescente
podría tener el hecho de ser adoptado por una pareja del mismo sexo” (http://www.icbf.gov.co/portal/page/portal/IntranetICBF/organigrama/oficinas/asesora_juridica/Control%20Constitucional/Docs.%20intervenci%C3%B3n%20ante%20la%20corte/Rad.%20No.%20S-2014-230523-0101%20octubre%2024%20de%202014.pdf)
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